
CDMX a 14 de noviembre, 2022.- El pasado 11 de noviembre en el Diario Oficial de la Federación (DOF) se publicó que la arrendadora Casanova Vallejo había ganado el juicio de amparo 1707/2022-VII, lo que obligaba a las autoridades responsables no publicar la inhabilitación y multa impuesta por la Secretaría de la Función Pública en el Directorio de Proveedores y Contratistas Sancionados, más no los exime de la sanción.
Sobre esta resolución, la Función Pública precisó que dicha sentencia no resuelve en su totalidad el asunto, por lo que la inhabilitación sigue, inclusive fue la misma dependencia quien afirmó que el 7 de noviembre de 2022, mediante el Órgano Interno de Control rindió un informe justificado en el que defiende la constitucionalidad y legalidad de la resolución sancionadora, misma que inhabilitó a Casanova Vallejo por un periodo de 45 meses conforme a los artículos 59 y 60, fracción III, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
“El OIC determinó que la empresa (Casanova Vallejo) incumplió con las obligaciones contraídas en el contrato AD-CS-DNAF-SRMS-024/2022, que tenía como objeto el Servicio de Arrendamiento Integral de Vehículos Terrestres, Ambulancias, para Unidades Médicas del ISSSTE a Nivel Nacional, causando con ello un daño al Instituto”, afirmó la SFP.
La circular de la inhabilitación se publicó el 15 de septiembre de 2022 en el DOF. La empresa sancionada, interpuso un recurso de revisión ante el OIC del ISSSTE, en el que se negó la suspensión. Posteriormente, Casanova Vallejo recurrió a un Juicio de Amparo en el Poder Judicial.
Mientras que el Juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, otorgó el 25 de octubre, una suspensión para que la empresa sancionada no aparezca en el Directorio de Proveedores y Contratistas Sancionados, pero como la misma Secretaría de la Función Pública afirma en su nota informativa, “no resuelve el asunto de fondo”, por lo que la inhabilitación sigue vigente.
Además, el OIC en el ISSSTE interpondrá recurso de revisión con la finalidad de que la sentencia dictada por el Juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México a favor de Casanova Vallejo, sea revocada por el Tribunal Colegiado de Circuito, afirmó la Dirección de Comunicación de la Secretaría de la Función Pública.
La Secretaría de la Función Pública (SPF) informó a través de una tarjeta informativa que la inhabilitación de Casanova Vallejo sigue vigente, además de que el Órgano Interno de Control (OIC) del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE) interpondrá un recurso de revisión con la finalidad de que el Tribunal Colegiado de Circuito ratifique la sanción.
La inhabilitación dictada por la SFP, el pasado 15 de septiembre, obliga a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, gobiernos estatales, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la moral Casanova Vallejo, S.A. de C.V.
Cabe destacar que el mismo día que se publicó que Casanova Vallejo había ganado un juicio de amparo, la periodista Lourdes Mendoza publicó en El Financiero que “Casanova Vallejo, de los hermanos Carlos y Joaquín Echenique, estaba a punto de burlar la inhabilitación de 45 meses que impuso, el pasado 15 de septiembre, el gobierno de Andrés Manuel López Obrador”.